martes, 11 de agosto de 2009

Aseguramiento de colección

Estimados compañeros:
Espero que la información que revisamos el fin de semana haya sido de utilidad e interés para todos, a pesar de que el aseguramiento de colecciones es un tema muy árido, es de suma importancia porque permite tener conocimiento de la manera en que esta protegida la colección de la que nos hacemos responsables, y cómo deberemos actuar durante una entrega-recepción de colección, así como en casos de siniestros. Les recuerdo subir sus trabajos al blog para que todos podamos conocerlos y podamos comentarlos.
Me encanto compartir con ustedes.

34 comentarios:

  1. Rosana, muchas gracias por tus ponencias, fueron verdaderamente interesantes y útiles, sobre todo por la importancia de conocer los procesos que debemos de seguir y qué cosas debemos evitar en caso de siniestro.
    Finalmente te hago una pregunta basada en un caso conocido: el INBA prestó una colección formada por los acervos de varios museos y el museo en el extranjero solicitó asegurar con su propia póliza, ésta fue enviada a la Dirección de Recursos Materiales para ser analizada y respondieron que sería conveniente que se asegurara con nuestra póliza porque no cubría en total la suma necesaria. Ellos argumentaron que sí y que la póliza no había sido bien analizada, sin embargo, al final se aseguró con la del INBA. Al llegar las obras allá, una de ellas estaba dañada y recibimos la reclamación desde el INBA de haber asegurado con nuestra póliza porque un perito no podría ir allá y dictaminar. Entonces ¿qué es lo mejor? ¿buscar una póliza que cubra gastos de peritos? ¿asegurar con las pólizas de los museos del extranjero?
    Gracias.

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  2. Hola Rosana,

    Soy María Guadalupe Ruiz, del Museo Nacional de San Carlos. Desafortunadamente no pude asistir a las dos clases que impartiste el fin de semana anterior, pero deseo hacer una consulta. Acá en el Museo estoy a cargo de la gestión de las exposiciones temporales, así que cada vez que sale o llega una obra, una de mis responsabilidades es asegurarla. En muchas ocasiones, tenemos problema para que los contratos estén a tiempo y, debido a ello, consulté con las personas de Recursos Materiales del INBA respecto a qué sucede si hay algún siniestro y no contamos con el contrato. Lo que me informaron es que, obviamente, lo ideal es que tengamos el instrumento jurídico correspondiente, pero de no ser así, para la aseguradora resulta suficiente que contemos con las Actas de Entrega-Recepción de las obras.
    De hecho, hace aproximadamente dos años tuvimos la mala experiencia de que unas obras procedentes de Dinamarca se dañaron durante su viaje de regreso. Llevamos a cabo todo el procedimiento para solicitar el pago por parte de la aseguradora y, aunque tardaron casi un año, cubrieron los daños. Y si bien nos requirieron varios documentos, jamás solicitaron el contrato de comodato.
    Mucho agradeceré tus comentarios, y cualquier orientación extra que puedas proporcionarnos.

    Saludos,
    Guadalupe

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  3. Hola Rosana

    Soy Laura Pérez Durán de la Coordinación de Artes Plásticas, como te comenté el domingo pasado, el aseguramiento a terceros tiene un situación muy especial, es de suma importancia poder augumentar su razón de ser. Creo que en la medida que tengamos bien establecidas justificaciones de colaboración, convenios y reciprocidad con otras Instituciones, podremos revertirlo a nuestro favor.

    Por otra parte e ejercicio que nos dejaste hay una cláusula eb la cía Zurich con el aseguramiento a terceros, parece incluso contradictorio.

    Parece absurdo que en una de las cláusulas no cubra la colacción de particulares, cuando en el caso del Instituto, muchas de las exposiciones temoporales se conforman con obra de ellos.

    Gracias por la asesoría.

    Saludos

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  4. Estimada Rosana:

    Gracias por tu clase tengo todas las dudas del mundo nunca había visto nada de seguros, y en alguna ocasión será necesario, por ello esos pasos que nos diste en el curso sería muy bueno tenerlos como biblia a la mano, no obstante, creo que los temas lesgislativo son bien complicados, ya que como bien dice Laura hay imprecisiones en los seguros que nos diste a leer.

    Las colecciones del INBA y las colecciones de particulares no son tratadas de la misma forma situación que siempre pone en desventaja a una de las partes, pero en fin creo que las dudas se resolverán cuando tengamos que realizar contratar algún seguro, pues en mi caso no le ha efectuado.

    Nuevamente gracias y hasta pronto
    Gaby Santa Cruz

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  5. Hola Rosana,
    fueron muy útiles tus clases. Para muchos, como yo, es un terreno muy árido y nos has allanado el camino para pensar y cuestionar a estos instrumentos.
    No encuentro el lugar para subir el trabajo que nos dejaste. De modo, que lo haré aquí mismo...
    En principio el equipo analizó las diferencias de términos "Obras de arte" o "Bienes culturales", la primera en la póliza del INBA, la segunda en la de ING. Esta última cubre "A primer riesgo" a diferencia de la de AXA, trae un glosario, que AXA no trae...
    Algunas otras diferencias es la cobertura a terceros, que el INBA tiene y que el INAH, no.
    La suma asegurada por ING, es de 150,000,000 sin deducibles y la de AXA es de 29,000,000 más 11,000, 000. Esta última póliza, cubre en moneda mexicana y extranjera y permite la recompra en caso de pérdida y asegura la devolución inmediata al INBA de la pieza perdida.
    En términos generales, ambas tienen la cobertura de clavo a clavo, desde la primer maniobra. En el caso de ING la cobertura descrita es más amplia, pero para el INBA y su tipo de trabajo la de AXA, que asegura a terceros, le permite funcionar de acuerdo a sus necesidades. El equipo dedujo que la póliza de ING estaba mejor en varios sentidos y que la ZURICH resultaba muy limitada, poco clara y ambigua.
    Hemos realizado el trabajo:
    Isidro Peña Flores, Patricia Zapata, Dafne Cruz, Antonio Lozano, Ana Villagomez y Rebeca Kraselsky
    Gracias
    Rebeca

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  6. Tal parece que el blog no me permite enviar el acta en una sola emisión, por lo que lo haré seccionada.
     
    Acta Administrativa de Hechos 
     
    En la ciudad de México, distrito federal, siendo las 12:30 horas del día 19 de Julio del 2009, reunidos en las instalaciones del Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble ( CENCROPAM ), ubicada en la calle San Ildefonso número 60, colonia Centro Histórico, C.P. 06020, delegación Cuauhtémoc, en la ciudad de México, D.F., la C. Sara Chabelas Altamirano, responsable del área del Departamento de Seguros y Registro fotográfico de dicho entro de trabajo quien actúa como testigo con los C.C. Joel Pérez Robles, Alejandro Morfín Fauré, Jazmín Mondragón Mendoza y América Juárez Reyes se procedió a instrumentar la presente Acta de Hechos. Asimismo se hace constar que el motivo de la presente es en virtud del daño causado al bien cultural que se describe a continuación: Capello de vidrio soplado, de 50 cms. de alto por 78 cms. de diámetro, con base de madera, daño ocasionado el día 19 de julio, aproximadamente a las 12:30 horas, en las instalaciones del Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble, durante el curso denominado Comisariado en exposiciones………………………………………………………………………….
    Hechos
    Declara el C. Enrique Pozoblock, quien se identifica con la credencial de elector número 4183257, y quien trabaja en el área de Concursos y Bienales del CENCROPAM, que el día 19 de julio, aproximadamente a las 12:30 horas, durante los ejercicios prácticos del curso “ El Comisario de exposiciones “, impartido por Noemí Cortés Gallardo, escuchó un ruido proveniente del equipo número cinco, y que cuando se acercó a la mesa de trabajo referida observó roto el capello de vidrio, sin que se haya percatado quién fue el responsable del daño…………………………………………………….
    Declara la C. Jazmín Mondragón Mendoza, quien se identifica con la credencial de elector número 3852354, y quien labora en el Museo Estudio Diego Rivera que no estuvo presente durante el accidente al que se refiere el acta, si bien tuvo conocimiento por terceras personas que los responsables habían sido los integrantes del equipo número cinco…………………………………………………

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  7. ……………………………
    Declara la C. América Juárez Reyes, quien se identifica con la credencial de elector 1124350, que escuchó que los responsables del accidente habían sido los integrantes del equipo número cinco, quienes manipularon torpemente el capello y por ello fue dañado…………………………………………………………………………………………………….
    Declara el C. Joel Pérez Robles, quien se identifica con la credencial de elector 243025 y quien funge como coordinador del acervo plástico de la sala de Arte Público Siqueiros, que durante el día del siniestro, abandonó las instalaciones a las 13:00 horas,  y se dio cuenta que el capello se hallaba en el pasillo que conduce a la sala de usos múltiples y que ya mostraba los daños referidos y fue entonces cuando dio parte al cuerpo de seguridad del lugar………………………………………………………………………
    Declara el C. Alejandro Morfín Fauré, quien se identifica con credencial de elector número 1008634, restaurador del área de pintura mural del CENCROPAM, que sólo se enteró del daño el día siguiente del siniestro, cuando fue comentado el suceso durante la clase del 20 de julio………………………..................................................................................
    Declara Sara Chavelas, quien se identifica con credencial de elector número 0442037, responsable del área de seguros y registro fotográfico, que la directora del CENCROPAM, lucía García Noriega y Nieto, le indicó que levantara el acta correspondientes a los hechos referidos que de acuerdo a los testigos ocurrió el 19 de julio del corriente, alrededor de las 12:30 horas, durante uno de los ejercicios prácticos del curso “El Comisario de exposiciones”, en el pasillo que conduce al salón de usos múltiples, en donde estaba ubicado el capello dañado. Fue sólo en ese momento cuando se enteró del incidente.
    Quienes han oído y presenciado lo declarado por los comparecientes, mismo que se asentó en esta acta, la que se da por concluida, y firmando al margen y calce para constancia legal, los que en ella intervinieron y así quisieron hacerlo.
     
    Firma Testigos
    Sara Chabelas
    Enrique Pozoblock
    Jazmín Mondragón Mendoza
    América Juárez Reyes          
    Joel Pérez Robles
    Alejandro Morfín Fauré

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  8. ACTA DE HECHOS
    EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, SIENDO LAS 10:30 HRS DEL DÍA 9 DE AGOSTO DE 2009 REUNIDOS EN EL CENCROPAM UBICADOS EN LA CALLE DE SAN IDELFOLSO #60 CENTRO HITÓRICO MÉXICO DISTRITO FEDERAL LAS PERSONAS QUE ACONTINUACIÓN SE NOMBRAN: CECILIA SANTACRUZ, FABIOLA TRUEBA, GEORGINA MÉNDEZ, MIGUEL VILLEGAS Y RICARDO SANTIAGO QUE CONFORMAN EL EQUIPO DEL CURSO DE COMISARIO DE EXPOSISICIONES TEMPORALES 2009 CON EL OBJETIVO DE DESCRIBIR LOS ACONTESIMIENTOS DEL SINIESTRO OCURRIDO A UN CAPELLO DE VIDRIO CON DIMENSIONES DE 25 CM DE DIÁMETRO POR 55 DE ALTURA QUE SUFRIÓ UNA ROTURA Y DESPRENDIMIENTO DE 10X14CMS
    HECHOS
    DECLARA LA C. CECILIA SANTA CRUZ QUE SE IDENTIFICA CON CREDENCIAL DEL IFE CON DOMICILIO… QUE EL PASADO 19 DE JULIO DEL 2009 A LAS 13:00HRS AL FINALIZAR EL MONTAJE EL C. CARLOS JACERENA TRASLADO CON SUMO CUIDADO EL CAPELLO PARA COLOCARLO EN SU SOPORTE ORIGINAL EN EL PASILLO DE ENTRADA AL CENCROPAM Y DE REGRESO ME COMENTO QUE AL COLOCARLO EN LA BASE, DEBIDO A LA IRREGULARIDAD DEL CANAL DE LA BASE, EL CAPELLLO SE ESTRELLO Y QUE EN ESE MOMENTO LE INFORMÓ AL A POLICIA EN TURNO Y A LA COORDINADORA DEL CURSO LA C. ROSALIA CUEVAS. POR LO ANTERIOR LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO ACORDAMOS REPONER LA PIEZA, SE TOMARON LAS MEDIDAS Y EL REGISRO FOTOGRÁFICO DEL CAPELLO………………………………………………….........
    LA C. SILVIA HERNÁNDEZ QUIEN SE IDENTIFICO CON LA CREDENCIAL DEL INBA, QUE EL PASADO 19 DE JULIO DEL 2009 A LAS 13:00HRS, AL FINALIZAR EL DESMONTAJE DE LA EXPOSICIÓN…EL SEÑOR CARLOS JACERENA FUE A DEJAR EL CAPELLO, A SU REGRESO NOS NARRO EL HECHO Y FUI A CONSTATARLO LEVANTANDO UN REGISTRO FOTOGRÁFICO Y SE DIO AVISO A LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE LA EXPOSICIÓN LA C. ROSALIA CUEVAS Y NOEMÍ CORTEZ………………….
    DECLARA EL C. VILLEGAS QUE AL TERMINO DE LA EXPOSICIÓN SE TRASLADO EL COMPAÑERO C. CARLOS JACERENA EL CAPELLO Y LUEGO DE REGRESO ME COMENTO QUE A LA HORA DE DEPOSITAR EL CAPELLO EN SU BASE SE QUEBRÓ AL IR A REVISAR ME PERCATE QUE DEL DESPRENDIMIENTO DE UNA PARTE DEL CAPELLO DE APROXIMADAMENTE DE 10CM……………………………………………………...
    DECLARA LA C. GEORGINA MÉNDEZ QUE AL TERMINÓ DE LA EXPOSICIÓN SE PERCATO DEL DESPRENDIMIENTO DE LA PIEZA, PERO LA EXPOSICIÓN YA TENÍA QUE SER CLAUSURADA Y YO NO DE DÍ SEGUIMIENTO AL SINIESTRO
    DECLARA EL C. RICARDO SANTIAGO QUE SE IDENTIFICO CON LA CREDENCIAL DEL IFE, QUE EL DÍA 19 DE JULIO DEL 2009 AL FINALIZAR LA PRÁCTICA DE MONTAJE LA POLICIA ME COMENTO QUE UN INTEGRANTE DE MI EQUIPO HABÍA ROTO EL CAPELLO AL COLOCARLO EN SU BASE…...
    DECLARA LA C. FABIOLA TRUEBA QUE EL DÍA 9 DE AGOSTO ME ENTERÉ DE LO SUCEDIDO AL CAPELLO……………………………………………………...
    NO TENEMOS MÁS QUE AGREGAR, SE CIERRA LA PRESENTE ACTA DE CONFORMIDAD DE TODOS LOS QUE EN ELLA INTERVIENEN………………….
    TESTIGOS DE ASISTENCIA
    CELILIA SANTACRUZ
    SILVIA HERNÁNDEZ
    MIGUEL VILLEGAS
    RICARDO SANTIAGO
    GEORGINA MÉNDEZ
    FABIOLA TRUEBA
    REGISTRO FOTOGRÁFICO

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  9. LA PONENCIA ME HA DADO UN BUEN PANORAMA DE LO QUE SE REFIERE A LOS SEGUROS Y VEO LO MUCHO QUE FALTA PARA QUE SE VUELVAN EFICIENTES. FINALMENTE ES MUY IMPORTANTE CONOCERLO PARA PODER SABER QUE OPCIONES HAY PARA ACTUAR EN CASOS DE SINIESTRO.

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  10. Hola Rosana:

    Te mando la tarea sobre el analísis de las Compañías de Seguros, del equipo que esta integrado por:

    Alejandro Morfin
    Joel Pérez
    América Juárez
    Jazmin Mondragon
    Sara Chavelas

    ZURICH QUE PROTEGE:

    TIENE LA CLAUSULA D ENO ADHESION
    SOLO ASEGURA EN MONEDA NACIONAL
    AMPARA LA OBRA DE CLAVO A CLAVO

    SIN EMBARGO LAS CLAUSULAS QUE INDIQUEN DE QUE PORTEGE LA OOBRA NO VIENEN.

    ZURICH EXCLUSIONES:

    NO PROTEGE GUERRA Y TERRORISMO, DISTURBIOS Y CONMOCIONES CIVILES, ATAQUES CIBERNETICOS, CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA, ARMAS QUIMICAS, DOLO Y MALA FE, DETERIORO NATURAL, NO CUBRE DAÑOS A TERCEROS, SECUESTRO

    ING QUE PROTEGE:
    TIENE LA CLAUSULA DE NO ADHESION,
    ASEGURA EN DLLS Y MN
    CUBRE LA OBRA DE CLAVO A CLAVO
    CUBRE TERRORISMO INTERNACIONAL
    COBRA DEDUCIBLE
    CUBRE HURTO
    CUBRE RESTAURACION Y VIATICOS DEL PERSONAL QUE SEA NECESARIO PARA LA CONSERVACIÓN DE LA OBRA

    EXCLUSIONES ING:

    NO PROTEGE GUERRA Y TERRORISMO NACIONAL
    ATAQUE CIBERNETICO, CONTAMINACIÓN RADIOACTIVA Y ARMAS QUIMICAS
    DOLO Y MALA FE
    NO CUBRE ACCIONES LEGALES
    DETERIORO NATURAL
    NO CUBRE DAÑOS A TERCEROS

    ASEGURADORA INBA PROTEGE:
    TIENE LA CLAUSULA DE NO ADHESION
    PROTEGE LA OBRA DE CLAVO A CLAVO
    CUBRE DOLO MALA FE
    CUBRE OBRA DE TERCEROS
    CUBRE DEPRECIACION Y RESTAURACION DE LA OBRA
    DAÑOS MAL INTENCIONADOS
    TIENE CLAUSULA DE EXONERACION A EMPLEADOS

    COMPAÑIA INBA EXCLUSIONES:

    AQUI ES CONFUSO PORQUE DICE QUE CUBRE GUERRA PERO EN EXCLUSIONES DICE QUE NO LA CUBRE, OR LO QUE SUPONGO NO LA CUBRE
    NO CUBRE CRISTALES, PERO SI LOS DAÑOS CAUSADOS POR ESTOS
    DETERIORO NATURAL

    OPINAMOS QUE DE LAS TRES COMPAÑIAS DE SEGUROS LA MEJOR, ES LA CONTRATADA POR EL INBA, YA QUE CUBRE DAÑOS MAL INTENCIONADOS, DEPRECIACION Y RESTAURACION, Y TIENE LA CLAUSULA DE EXHONERACION A EMPLEADOS, ME PARECE QUE ES UNA POLIZA MUY COMPLETA Y QUE REALMENTE PROTEGE LA OBRA ANTE CUALQUIER DAÑO.

    ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE LA POLIZA DE ZURICH ES UNA COMPAÑIA POCO CONFIABLE, REALMENTE CREO ASEGURAR LA OBRA CON ESTA EMPRESA SERIA PONER EN RIESGO LA OBRA Y CON UNA PROTECCION POCO SEGURA, YA QUE ME PARECE QUE EL MONTO QUE LA AMPARA A LA COMPAÑIA NO ALCANZARIA A CUBRIR LOS DAÑOS Ó PERDIDAS EN OBRA DE PATRIMONIO NACIONAL

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  11. Rosana:

    Gracias por tu ponencia.

    Estoy subiendo el comparativo entre las aseguradoras.

    Mi equipo esta integrado por:

    Greta Hansen
    Yovana Cuapio
    Julián Martínez
    Noé Legaspi
    Marylin Castillo
    Alejandra Correa
    Gabriela Galvez
    Cristina Martínez
    LLuvia Sepúlveda
    Tania Morales

    Tomamos las clausulas que nos parecieron debían destacar. Sinembargo (eso lo digo a titulo personal) desgraciadamente no esta en las manos del comisario la elección de las aseguradoras, aunque es importante tener claro que es lo que nuestro seguro cubre, talvez para tratar de proteger nuestra obra de formas preventivas y no cuando se ha causado daño.


    Zurich:

    - El monto esta asegurado en pesos
    - Se puede pagar mensualmente
    - La mercancía que protege son joyería y metales.
    - Especifica que el seguro cubre la transportación de mercancía de la republica mexicana a cualquier parte del mundo pero no hace mención en el caso de proceder del extranjero a México.
    - No se responsabiliza por embalaje inadecuado. (lo que puede ser usado en cualquier caso, pues no hay forma de probar que es completamente seguro un embalaje)
    - Dice que cubre todo riesgo de transporte, incluyendo terrorismo (aunque posteriormente excluye terrorismo, confiscación, expropiación, responsabilidades no contractuales, incendio, guerra, radiación.
    - No especifica la mención “clavo a clavo”.
    - Dice que cubre todo aquello que custodie el museo o guarde en comodato pero dentro de instalaciones, la obra en transito que pertenezca a terceros no esta cubierta.
    - No se paga coaseguro
    - Prevé el caso de necesidad de restauración o reposición de la pieza.
    - El tiempo máximo para reposición de la pieza es de 1 semana.

    ING:

    - Si especifica que la transportación es de obra de arte
    - Considera el término “de clavo a clavo”
    - Cubre todo tipo de transporte, todo tipo de lugares de procedencia y destinos
    - Especifica que el INAH es responsable del avalúo.
    - La cotización es específica por pieza y lugar de envío.
    - Entre recintos del INAH no importa distancia pero si se lleva a cabo con un tercero debe hacerse cotización específica.
    - No se paga deducible ni coaseguro.
    - Es una póliza contradictoria pues primero hace mención de que cubre terrorismo, robo, partes de la obra etc y después tiene cláusulas en las que excluye cada una de las mencionadas, por lo que no es posible dar certeza de que esta cubriendo y en el caso de requerir la indemnización puede echarse abajo el reclamo por todas estas inconsistencias e incongruencias en la poliza

    INBA

    - Protege la obra de clavo a clavo
    - Menciona que el y dolo mala fe serán cubiertos
    - Incluye en el aseguramiento la obra en comodato o préstamo
    - Cubre depreciación y restauración de la obra
    - Excluye la responsabilidad directa de los trabajadores.
    - Esta es una poliza que se adecua a las necesidades del Instituto sin embargo se podría completar con algunas cláusulas de la empresa ING para dar mayor protección al Instituto.


    Gracias saludos a todos

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  12. PRIMERA PARTE

    ZURICH
    Sección 1. Cláusula 1.07
    Cláusula de Bienes Cubiertos

    • Cobertura
    Habla sobre el aseguramiento de los bienes cubiertos bajo resguardo de la institución, incluso en comodato de colecciones particulares e institucionales Esta cláusula resulta contradictoria e su segundo párrafo cuando hace mención de la exclusión de los bienes a terceros.


    Sección 1. Cláusula 1.07
    Cláusula de Bienes Cubiertos

    • Coaseguro
    Sin pago de coaseguro, es un punto de favor que no haya pago de coaseguro, sin embargo sigue siendo contradictorio que no cubras la obra d terceros y exista este punto.


    Sección II. Condiciones particulares
    Cláusula 1.01
    • Valuación
    En caso de pérdida la indemnización será al valor de la reposición, más la reposición.
    Es decir, que además de la indemnización, se puede reponer la pieza.

    Aunque es un punto a favor, en el arte es muy difícil reponer la pieza, a menos de que se trate de alguna parte sustituible como en instalaciones o series.

    Sección II. Condiciones particulares
    Cláusula II.2
    • Depreciación
    No hay depreciación en ningún caso del objeto de arte, suponiendo que realmente se diera un caso, como se comento, difícilmente podría pasar algo similar.
    Sección III. Terrorismo
    Exclusiones
    • 5.y 6 . Contaminantes, no hay cobertura en caso de cualquier irritante, contaminante, liquido o gas. Esta exclusión no necesariamente puede ser producto de una acción terrorista, puede ser un accidente, así que no favorece la exclusión por estos motivos


    Sección III. Terrorismo
    Exclusiones
    7. Ataques electrónicos
    Es muy relativo la afectación y la valuación de la pérdida de información en caso de un medio electrónico o “hacking” ¿Cómo valúas la información de tu exposición? Aunque lo cubriera y te indemnizaran el daño, ¿cómo recuperas tu información??

    Integrantes del equipo:
    Marisol Argüelles
    Carmen Cabrera
    Laura Pérez Durán
    Santiago Pérez
    Gabriela Santacruz

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  13. SEGUNDA PARTE

    I
    ING SEGUROS COMERCIAL AMÉRICA
    Plan maestro
    Seguro de No Adhesión
    Todo riesgo, modalidad de clavo a clavo
    Todo tipo de transporte
    Cualquier parte del mundo

    • Cobertura
    Cubre la obra de la institución, así como la de terceros, como lo detalla en las definiciones sí cubre las obras de terceros bajo resguardo de la Institución.




    • Sin pago de coaseguro, ni deducible,

    resulta muy favorable para el asegurado, salvo cuotas de porcentajes mínimos en caso de siendo la máxima de 0.0347% en caso de terrorismo
    • Valuación

    Un punto a favor, es que la valuación del bien cubierto por un perito asignado por ambas partes

    En caso de siniestro la indemnización será a valor de reposición o a menos que se solicite en especia.
    • Peritaje

    En aso de un siniestro el perito se asigna por acuerdo de ambas partes

    • Cláusula No cobertura en caso de Terrorismo
    No cubre ningún bien en caso de terrorismo o guerra, ni civil. Pero sí ampara los embarques internacionales




    • Dispensa de acta judicial en siniestros menores a 20,000 pesos,
    es decir, no será necesaria la intervención del ministerio público presentando sólo el acta administrativa firmada por el director
    • Cláusula de interrupción de transporte
    Dice que la interrupción del transportes por causas imputables al asegurado, se pagará una prima proporcional. Se tendría en todo caso convenir el porcentaje


    • Indemnización

    Al 100%
    En caso de pérdidas parciales, se garantiza el primer riesgo absoluto, no aplicando la regla de proporcionalidad
    • Error u omisión

    En caso d error u omisión involuntaria o accidental el seguro cubre, siempre y cundo se notifique a la aseguradora
    • Cobertura por vibraciones o movimientos

    Cubre hundimientos, desplazamiento, temblores erupciones volcánicas y similares. Es favorecedor, ya que no todas las compañías cubren esta modalidad

    Exclusiones:

    • No cubre daños por
    • Embarques marítimos en cubierta,
    salvo que tenga contenedor
    • Polilla, insectos, roedores, plagas y depredadores, así como daños producidos por faltas y hierbas.
    • Daños por contaminación (falta definir)
    • Daños por exposición de luz, calor o humedad
    • Este es un punto importante, ya que desafortunadamente la mala conservación de la obra, sin embargo la mayoría del daño en las obras es generado por un mal manejo y cuidado de la misma

    • No esta cubierto gastos de embalaje y/o desembalaje, sin embargos e puede incluir a petición del asegurado

    Integrantes del equipo:
    Marisol Argüelles
    Carmen Cabrera
    Laura Pérez Durán
    Santiago Pérez
    Gabriela Santacruz

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  14. HOLA ROSANA

    Muchas gracias por la clase, quiero comentarte que a mi parecer, las compañía aseguradora que brinda más pro, que contras, es ING Seguros Comercial América, a diferencia de Zurich. La póliza de ING es muy específica y clara, contemplando diversos escenarios. Lo que llamó mi atención fue que no cubre todo aquellas afectaciones por UNA MALA CONSERVACION DE LA OBRA. Es decir, daños o deterioros que se pueden prevenir con un correcto manejo de obra y aspectos de conservación esenciales que ya hemos visto en el curso.

    Por otra parte podrías aclarame de seguro a primer riesgo absoluto, no me queda muy claro.

    Gracias

    Laura Pérez Durán

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  15. características: 1ING,2INBA,3Zurich
    tipo póliza:1de tranporte de obra de arte y /o servicios genéricos,2transporte de obras de arte para exposiciones itinerantes en el extranjero y desde el extranjero a la república mexicana y visceversa,3transporte de mercancía joyería y metales preciosos
    riesgos cubiertos:1todo riesgos de clavo a clavo,2todo riesgo de clavo a clavo,3todo riesgo a menos que este excluido
    riesgos excluidos:1según cláusulas específicas y adicionales, en bienes y en riesgos; 2exclusiones separadas en un apartado y aparte exclusiones adicionales;3 cláusula de exclusiones de bienes y riesgos
    suma asegurada:1.-150 000 000 MN;2.- 29 000 000 dólares americanos exceso de 11 000 000 de dólares;3.-150 000 00 MN por embarque
    Tipo de moneda para certificados: 1nacional o dependiendo del transporte;2 dólares, en otras monedas depende de la necesidad; 3pesos, no especifica otra
    cobertura a terceros:1 no incluye, se cobra aparte 2 si lo cubre 3 si lo cubre
    poliza de no adhesión: 1 si, especifica 2no especifica 3no especifica
    tipo de transporte:1cualquier medio y forma de transportación y conducción todo el mundo 2marítimo y transportes todo el mundo 3terrestre, marítimo y aéreo todo el mundo
    museo: 1no viene 2si viene
    guerra: 1 y 2 presentacion confusa
    terrorismo: 1no lo cubre 2confuso
    clausulas: naves espaciales 1 lo especifica, no lo cubre 2 no especifica
    clausula cibernetica: 1 no especifica 2 lo especifica no lo cubre.
    conclusión: 1 el orden es un poco mas entendible, pero tiene muchas exlusiones intercaladas en el contenido. 2 el orden, es confuso, pero la suma asegurada es mucho más alta 3 esta creemos que es la menos viable, ya que ni siquiera es para bienes culturales u obra artística, aparte de ser la más confusa

    Equipo:
    Ariel lopez
    Alina Brodowickz
    Georgina Dominguez
    Rosalba Guzmán
    Daniela Acevedo
    Sandra Ramirez

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  16. Hola Rosana,

    en nuestro equipo realizamos dos Actas de Hechos, una corresponde a hechos reales y la otra es ficticia, ésta última solo para ejercitar la elaboración de un acta de hechos.

    ACTA DE HECHOS (real)


    Siendo las 10:30 hrs. del día 9 de agosto del año 2009, en las instalaciones del Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble, ubicado en la calle de San Ildefonso, No. 60, Col. Centro, México, D.F., los señores Tania Morales, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Greta Hansen, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Yovana Cuapio que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Julián Martínez, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Noé Legazpi, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Lluvia Sepúlveda, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Cristina Martínez, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Marilyn Castillo, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; Alejandra Correa, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; y Gabriela Gálvez Morales, que se identifica con credencial del IFE No. xxx; declaran los siguientes hechos relacionados con la práctica denominada El comisario de exposiciones, realizada el día 19 de julio del año 2009, aproximadamente a las 12:00 hrs, en las instalaciones del Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble, ubicado en la calle de San Ildefonso, No. 60, Col. Centro, México, D.F.

    HECHOS

    La C. Marilyn Castillo, integrante del equipo No. 5, se percató de que algún compañero del equipo había traído al área donde se realizaría la presentación de trabajos, un capelo de cristal que anteriormente se ubicaba en uno de los pasillos cercanos a la clase; este capelo se encontraba ahora en la base de madera en la que se colocó la pieza con la que el equipo No. 5 realizó su ejercicio. Aproximadamente a las 13:30 hrs, la C. Castillo entonces en el salón de clase, escuchó que una persona del CENCROPAM había descubierto un daño en el capelo.
    -------------------------------------------------
    Una semana después del ejercicio El Comisario de exposiciones, los C. Julián Martínez, Yovana Cuapio, Noé Legazpi y Alejandra Correa, se enteraron del incidente ocurrido durante la clase anterior.
    -------------------------------------------------
    El domingo 9 de agosto, durante la clase denominada Aseguramiento de obra 2, las C. Tania Morales, Greta Hansen, Lluvia Sepúlveda, Cristina Martínez y Gabriela Gálvez, se enteraron del incidente ocurrido durante el ejercicio El comisario de exposiciones, realizado el domingo 19 de julio.
    -------------------------------------------------
    No habiendo más que agregar, esta acta se cierra a las 11:30 hrs. del domingo 9 de agosto del año 2009 y firman los participantes de conformidad al margen y al calce.


    TESTIGOS DE ASISTENCIA

    Greta Hansen
    Tania Morales
    Yovana Cuapio
    Lluvia Sepúlveda
    Gabriela Gálvez
    Julián Martínez
    Marilyn Castillo
    Noé Legazpi
    Alejandra Correa
    Cristina Martínez

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  17. Segunda parte de la tarea "Acta de Hechos", realizada por el siguiente equipo:

    Tania Morales
    Greta Hansen
    Yovana Cuapio
    Julián Martínez
    Noé Legazpi
    Lluvia Sepúlveda
    Cristina Martínez
    Marilyn Castillo
    Alejandra Correa
    Gabriela Gálvez

    ACTA DE HECHOS (ficticia)

    Siendo las 10:30 hrs. del día 9 de agosto del año 2009, en las instalaciones del Centro Nacional de Conservación y Registro del Patrimonio Artístico Mueble, ubicado en la calle de San Ildefonso, No. 60, Col. Centro, México, D.F., durante la práctica de “El comisario de exposiciones” y en presencia de los señores Gabriela Gálvez Morales, que se identifica con credencial del IFE No. 100; Tania Morales, que se identifica con credencial del IFE No. 101; Greta Hansen, que se identifica con credencial del IFE No. 102; Yovana Cuapio que se identifica con credencial del IFE No. 103; Julián Martínez, que se identifica con credencial del IFE No. 104; Noé Legazpi, que se identifica con credencial del IFE No. 105; Lluvia Sepúlveda, que se identifica con credencial del IFE No. 106; Cristina Martínez, que se identifica con credencial del IFE No. 107; Marilyn Castillo, que se identifica con credencial del IFE No. 108; y Alejandra Correa, que se identifica con credencial del IFE no. 109; se declaran los siguientes

    HECHOS

    La C. Greta Hansen, en presencia de la C. Yovana Cuapio y la C. Gabriela Gálvez, descubrió capelo de cristal con medidas de 50 cm de alto x 78 cm de diámetro, roto en la parte inferior del mismo y procedió a realizar el registro fotográfico (se anexan imágenes); la C. Hansen reportó el incidente al personal de vigilancia en turno, los señores Julián Martínez y Noé Legazpi, quienes realizaron una inspección visual del hecho y lo asentaron en su reporte del día.

    Los vigilantes entregaron su reporte a la C. Lluvia Sepúlveda y la C. Tania Morales, encargadas del área de control de obra, quienes a su vez tomaron el resguardo del capelo y de la pieza desprendida del mismo, cuya medida corresponde a 14 x 11 cm y es de forma irregular.

    Las C. Sepúlveda y Morales notifican del hecho a la directora del Centro, Cristina Martínez, quien da indicaciones para que la pieza en cuestión sea revisada y dictaminada por las restauradoras Marilyn Castillo y Alejandra Correa.

    No habiendo más que agregar, esta acta se cierra a las 11:00 hrs. del lunes 11 de agosto del año 2009 y firman los participantes de conformidad al margen y al calce.

    TESTIGOS

    Greta Hansen
    Yovana Cuapio
    Gabriela Gálvez

    TESTIGOS DE ASISTENCIA

    Tania Morales
    Lluvia Sepúlveda
    Julián Martínez
    Noé Legazpi
    Cristina Martínez
    Marilyn Castillo
    Alejandra Correa


    Anexo (no fue posible copiar aquí las fotografías, te enviamos a tu correo el archivo con las imágenes)

    Saludos

    Gabriela Gálvez

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  19. Hola Rosana,
    Te escribe Mariana González Correa, de la Coordinación Nacional de Artes Plásticas, quien al igual que Guadalupe Ruiz, del Museo Nacional de San Carlos, yo no pude accudir a tus dos ponencias de la semana pasada porque fuí a un comisariado a Colombia.
    Sin embargo, tengo algunas dudas que quería comentarte. Por parte del INBA nos dan un certificado de poliza, lo que nos permite mover las obras, sin embargo, en caso de algun siniestro, con este certificado es suficiente, además de la respectiva acta de hechos¿ otra cosa, me llama mucho la atención que se maneje aparte como otra poliza contra el terrorismo, y quería preguntarte porque no esta incluida esta clausula? depende del lugar donde se va a exhibir?
    Muchas gracias de antemano y saludos,
    Mariana

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  20. Hola perdón equipo, andaba perdida y como ya se dieron cuenta tardé de mas en subir la tarea, lo siento.
    Equipo formado por:
    Sandra Joyce, Daniela Acevedo, Alina Brodouicz, Rosalba Guzmán, Ariel López y Georgina Domínguez.

    Acta de Hechos

    En la Cd. de México, Distrito Federal siendo las 14:00 hrs. del día 19 de Julio de 2009 en el inmueble ubicado en la calle de San Ildelfonso 60 en la presentación del Comisario de Exposiciones, en la planta alta del inmueble, los hechos se describen a continuación:.................................
    Durante la dinámica de la exposición el equipo 5 utilizó un capelo para su presentación.El capelo se ubicaba en el pasillo, al regresar la pieza a su lugar, el C responsable lo colocó en la base de madera y se estrelló.
    En ese momento el C. responsable informó a la coordinadora del curso,la C. Rosalía Cuevas, la cual se dirigió al lugar de los hechos con los siguientes participantes del curso: Daniela Acevedo, Alina Brodowicz ,Sandra Joyce, Rosalba Guzmán, Ariel López y Georgina Domínguez.......
    A continuación se detalla la ficha técnica del capelo y los daños, se anexan fotos....................................................................................
    Capelo de vidrio del siglo XX
    49.5 x 24.5 de diámetro.La rotura la sufrió en la base, desprendiéndose un pedazo de 14 x 11 cm................................................................
    Todos los arriba citados vimos el capelo roto y declaramos que todo lo dicho anteriormente sucedió.

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  21. Estimada Marisol Argüelles:
    Lo mejor es asegurar con la póliza que te garantice mejor cobertura, sin embargo, en el caso de una póliza contratada en el extranjero corres el riesgo de tener que enviar también al perito para hacer las gestiones de ajuste, con la desventaja de que se hará muy probablemente en otro idioma y con las leyes del país en el que se contrato la póliza.
    Al respecto, te recuerdo que la póliza actual de INBA cuenta, aunque vagamente señalado, con la cobertura para realizar el peritaje, lo que incluye el traslado y estancia del perito el tiempo y veces que sea necesario, así como el equipo, herramientas y materiales necesario para la elaboración del mismo, lo que sería deseable es que en una siguiente contratación éste punto quedará claramente definido en la redacción de la cláusula.

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  22. Estimada María Guadalupe Ruíz: El contrato de comodato es un instrumento legal que determina el objeto de préstamo de una colección, es decir, si tu institución la presta para exhibición, investigación, publicación, etc., y establece (o debería) con claridad las condiciones de éste préstamo, como son: la duración del préstamo, las condiciones de exhibición, traslado, el número y descripción precisa de las piezas que se prestan, entre otras cosas. Así que, en realidad puede afectar a la institución si las condiciones de préstamo son diferentes a las pactadas, y al no contar oportunamente con el comodato, no se tiene un documento que respalde legalmente cualquier reclamación que quieras hacer a la institución a la que le estas prestando. En realidad, como bien dices, a la aseguradora no le impacta si acordaste correcta y oportunamente con la otra institución,garantizará los siniestros cubiertos, siempre que estén bien documentados.

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  23. Estimada Laura Pérez Durán: Efectivamente, como comentamos, el asegurar colección de terceros que se presta a una tercera institución que no tiene nada que ver directamente con el INBA, es todo un problema, ya que el INBA no puede controlar que se siguen las normas de embalaje, traslado, exhbición y/o conservación de estas colecciones y los siniestros suelen ser más frecuentes en éstas situaciones. Como comenté, en el INAH este manejo de la póliza de seguros institucional era común, hasta que llegó el momento en que la siniestralidad del INAH aumentó, y se determinó ya no incluir a los terceros -específicamente bajo el régimen comentado-, en la póliza de seguros institucional. También te recuerdo que la póliza de seguros de Zurich que revisamos era del INAH, lo que sí sucede en el INAH es que podemos tener coasegurados, es decir la póliza de seguros se emite a nombre del INAH "y/o" a nombre del tercero que nos presta colección -pero exclusivamente en ésta situación-.
    Respecto a lo limitada y ambigua de la póliza de Zurich, tienes toda la razón, de hecho, fue terrible para el INAH operar con ésa póliza y con esa aseguradora, es el riesgo que se corre, cuando se lanza una licitación sin consultar a los especialistas que operan directamente estos instrumentos.

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  24. Estimada Gaby Santa Cruz: me da mucho gusto que la información que compartimos sea útil, de hecho, creo que es sumamente importante, en la síntesis de mi plática les incluí un glosario de términos que también es muy útil.
    Como bien sabes, la responsabilidad de contratación de servicios como éste -Seguros-, corresponde al área de Recursos Materiales, sin embargo, como comenté previamente, es muy importante que consulten a las áreas que deben operar estos instrumentos para que se contrate la mejor opción.

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  25. Estimados Isidro Peña Flores, Patricia Zapata, Dafne Cruz, Antonio Lozano, Ana Villagomez y Rebeca Kraselsky: Me parece muy sintético su análisis, pero así es, la póliza de Zurich es demasiado ambigua y presente varias contradicciones, lo que pone en indefensión al patrimonio que requerimos proteger.

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  26. Estimado Enrique Pozoblock: el acta de hechos que presenta tu equipo esta bien elaborada, sin embargo, olvidaron agregar el domicilio de cada uno de los testigos, porque en caso de tratarse de personal de una institución ajena a la tuya, es posible que no la conozcas y posiblemente se requiera localizarlos por si se debe hacer alguna declaración en el Ministerio Público, etc. Obviamente no te corresponde a tí determinar quién y bajo qué circunstancias deberán presentarse, pero como ves, sí es importante éste dato.

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  27. Estimada Fabiola y equipo: su acta esta muy bien elaborada, recordaron que de preferencia se debe hacer en mayúsculas, aunque consideraron no poner los datos de domicilio lo dejaron señalado.
    Finalmente, como comentas, es muy importante conocer estos instrumentos para saber cómo actuar de manera normal, como correo, y qué acciones seguir en caso de siniestro.
    Me da mucho gusto que lo sientas útil

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  28. Estimada Sara: me parece muy buena su evaluación de las tres aseguradoras, así es, por las condiciones de aseguramiento y por el tipo de obra que le corresponde por ley al INBA proteger, me parece que es una muy buena cobertura la que tiene contratada.

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  29. Estimada Tania Morales: tienes toda la razón, es seguro que el comisario poca influencia tendrá en la selección de la aseguradora que se contrate, o en la integración de las cláusulas de la póliza con la que se cuenta, pero SÍ es su obligación conocer con precisión la póliza y actuar, como bien dices, de manera preventiva.
    Su análisis es muy bueno, y estoy de acuerdo, siempre hay posibilidad de mejorar un instrumento, y aunque la póliza con la que el INBA cuenta es muy buena y se adecua a sus funciones, puede mejorarse. Muy bien!

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  30. Estimada Laura: el primer riesgo absoluto, es el primer incidente que le causo daño a tu pieza, independientemente de que ésta pueda repetirse, por ejemplo el primer evento de sismo que pueda ocurrir, independientemente de que pueda haber réplicas. O un primer momento de inundación, tal vez un huracán, independientemente de que vuelva a subir el nivel de agua por el desbordamiento de alguna presa, río, etc.

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  31. Estimada Gabriela: creo que el acta "ficticia" que elaboraron tiene más detalle y esta mejor redactada, seguramente por que tuvieron más cuidado en relatar los hechos, eso se debe hacer en condiciones reales. Muy bien

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  32. Estimada Mariana González Correa: El certificado de seguro es documento suficiente de que la colección que transportas esta asegurada, significa que ya se le notificó a la compañía aseguradora de este traslado, sin embargo, la emisión de pólizas tarda un poco en efectuarse, así que la misma aseguradora le concede al INBA la posibilidad de emitir estos certificados.
    En cuanto a terrorismo, depende de la manera en que se contrata esta cobertura, regularmente es una cláusula que se solicita incluir al cuerpo de la póliza general, en el apartado de transporte de obra de arte, sin embargo, de manera ocasional se contrata como una fracción adicional de la póliza general, las dos maneras son correctas.

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  33. Estimada Gina: su acta es poco precisa, por ejemplo no se detalla con precisión la ubicación del lugar donde sucedieron los hechos, en qué colonia, qué delegación, qué ciudad; y tampoco se hizo el ejercicio de que cada integrante del equipo declarara de manera individual, esto al momento de que se investiguen los hechos causará más problemas, sobre todo a los declarantes, de lo que podría haberse aclarado.

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